Auto21 de mayo de 2008
A- de 2008
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Jose Luis Duarte Bohorquez
✓
Tema · dato duro
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Ley 906 De 2004. Art. 478. Codigo De Procedimiento Penal. Impedimento Y Recusacion De Procurador General De La Nacion Y Viceprocurador General De La Nacion. Causales. Aceptar Impedimento Del Procurador General De La Nacion Y Viceprocurador General De La Nacion. Designacion Por Procurador De Funcionario Para Rendir Concepto Correspondiente
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Impedimentos Del Procurador Y Viceprocurador General De La Nacion En Ley Que Expide El Codigo De Procedimiento Penal
- Aceptación en aplicación del principio de economía procesal
- Intervención en expedición de norma acusada
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por el señor Procurador General de la Nación, Edgardo Maya Villazón, para conceptuar en el proceso de la referencia.
- Segundo. En consecuencia, y dadas las circunstancias referidas en la parte motiva de esta providencia, ACEPTAR el impedimento manifestado por el señor Viceprocurador General de la Nación, Carlos Arturo Gómez Pavajeau, para conceptuar en el proceso de la referencia.
- Tercero. ORDENASE a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez ejecutoriada esta providencia, se corra traslado al Procurador General de la Nación a fin de que designe el funcionario que debe rendir el correspondiente concepto.
- Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 del 2000 y en armonía con el Decreto 2067 de 1991, ORDENASE a la Secretaría General de la Corte Constitucional que, una vez se levante la suspensión decretada en el proceso de la referencia, con ocasión de los impedimentos propuestos, se corra traslado por el término que falte al funcionario que designe el Procurador General de la Nación, para que rinda el concepto de su competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo RenteríaTexto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.